ONPECO contra los desalojos y por el derecho a la vivienda

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El Observatorio Nacional por la Protección del Consumidor (ONPECO), hace de público conocimiento su posición sobre los diversos desalojos que están ocurriendo a nivel nacional, en la presente Administración de Gobierno.

Desde la instalación del actual gobierno el 16 de agosto de 2020, el país es testigo de diversos desalojos que se están realizando en diferentes puntos de la geografía nacional: Monte Cristi, El Gran Santo Domingo, etc., sin tomar en cuenta principios constitucionales, como el derecho a la propiedad, el derecho a una vivienda digna, el derecho de los envejecientes, el derecho a la protección de áreas protegidas y a cuencas hidrográficas y derechos sociales de rango constitucional.

Estos hechos denotan la ausencia de una política pública definida en torno al cómo abordar esta problemática, aunque estos respondan a asentamientos arbitrarios e irregulares propiciados por el Gobierno pasado.  Esto así, porque existe la continuidad del Estado, y si bien es cierto que, por ejemplo, las áreas protegidas no son aptas para forjar en ellas asentamientos humanos, la realidad es que el Estado mismo es quien lo ha permitido, por inobservancia de las normas; de donde se infiere que la solución no es enviar tractores, `buldócer` y militares a sacar por la fuerza a los identificados como supuestos o verdaderos intrusos.

Bajo un Estado social y democrático de derecho corresponde al Gobierno respetar los derechos humanos de los afectados. Es decir, no se debe lanzar a la calle pura y simplemente a personas desalojadas, porque al tratarse de familias donde existen niños, niñas y adolescentes, mujeres en estado de gestación y de lactancia; personas de la tercera edad, con discapacidad, etc., antes que resolver un problema social, se está creando otros mayores. Se requiere, por tanto, una solución social que contemple su reinserción de la población afectada por intermedio de asentamientos en lugares adecuados.

Se sabe, que el pasado Gobierno realizó una distribución desordenada e inconsecuente de los terrenos del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), al tiempo que se dijo que se estaba titulando, caso los Tres Ojos, entre otros. Estos casos ameritan un levantamiento para saber e informar a la nación, ¿qué realmente era lo que se estaba haciendo? Sin embargo, aún no se visualiza transparencia al respecto.

De manera general, se conoce, que aquí no existe respeto por la propiedad ni por las decisiones de gobiernos anteriores lo que ocasiona la denominada inseguridad jurídica que tanto perjudica a la inversión internacional y a la extranjera. Lo que implica el que no pocas personas son estafadas con venta de la cosa ajena y complicidad desde los registros de títulos, los ayuntamientos, etc.

La explosión demográfica, la migración del campo a la ciudad y la migración de personas del vecino país, crean una situación explosiva que no puede ser abordada con represalia tipo la antigua Roma ni de la dictadura de Trujillo, sino con la ponderación y una acción consecuente con el Estado social.

El Sistema Torrens fue, ante todo, un sistema de despojo a campesinos, así como la invasión haitiana de 1822 constituyó una expropiación descarada, y la geolocalización es hoy en día un problema debido a que tanto los registros de títulos como los tribunales de tierras están llenos de decisiones cuestionables, debido, entre otras razones, a que los agrimensores no actúan con la probidad que se espera de un agente público. Esta situación de desalojos, despojo y desamparo plantea la urgencia de un abordaje de la cuestión desde la perspectiva social, lo que requiere de una política pública que tenga por objeto enfrentar y resolver esta problemática.

Por otra parte, las decisiones judiciales, las funciones del Abogado del Estado ante el Tribunal de Tierras o jurisdicción inmobiliaria, es otra fuente de abordaje inadecuado del tema de los desalojos. En estos casos la justicia del Estado social no es tal si se realiza sin una base humana, si no respeta la dignidad del desalojado. Por ejemplo, la Ley número 395-19 regula los desalojos judiciales y pone en manos del Ministerio Público una serie de formalidades garantistas, que no siempre se cumplen. Este solo hecho debería interesar al gobierno, pues su abordaje, no es tan simple como un desalojo.

Llama poderosamente la atención, que el Ministerio de Medioambiente esté planteando la necesidad de titular las áreas protegidas, los parques nacionales, etc., cuando todos sabemos que bajos los principios que rigen el derecho sobre el dominio público, se titula lo que está en el comercio, así lo entiende una parte predominante de la doctrina y de la jurisprudencia, por lo que ONPECO no entiende esa decisión que, en el mejor de los casos, debe ser sometida a debate.

Por último, los embargos son otra fuente de desalojos, que ya no existen como decisiones ordinarias, sino como situaciones extraordinarias que conllevan un protocolo que el Ministerio Público está en la obligación de garantizar, y que el Gobierno debe abordar como un problema social.

Vistas estas situaciones, ONPECO solicita tanto al Gobierno como a la Administración de justicia, integrada por jueces y fiscales, que asuman la responsabilidad social propia de un Estado social, que no pueden seguir tomando decisiones como si se estuviera bajo el Estado liberal, clasista; ahora las consecuencias sociales de sus decisiones deben ser ponderadas.

Por ejemplo, desde la Constitución de la República en los artículos 59 sobre el derecho a la vivienda, 58 sobre los derechos de protección a la persona con discapacidad, 57 sobre los derechos de protección a las personas de la tercera edad, el 56 que protege a los niños, las niñas y adolescentes, a la familia, etc., de donde se infiere que el derecho de propiedad concursa ahora con todos estos derechos y en los términos del artículo 68 de la misma Constitución, corresponde a los poderes públicos responder y garantizar estos derechos, como deudores frente a la persona humana acreedora de los mismos.

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