Pensiones por sobrevivencia deben entregarse a los beneficiarios en sus localidades

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Altagracia Paulino

Consejo Seguridad Social ordenó a las AFP simplificar los procesos

El hecho de que exista un monto de 2,344 millones de pesos, pertenecientes a 42,377 cotizantes cuyos cónyuges habrían fallecido y que nadie haya ido a retirarlos, indica un gran fallo en los sistemas de información y de pensiones de la República Dominicana. 

Desde hace varios años hemos indagado sobre la razón de que esos montos no estén en manos de los beneficiarios, y sí en las AFP, generando ingresos que no son repartidos.
Descubrimos que para alguien que reside en Elías Piña, Dajabón, Higüey o cualquier punto del país, debe venir a la capital a retirar el dinero, muchas veces sin saber en cuál de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) se encuentra depositado. 

Descubrimos que, los requisitos para entregar el dinero, sobrepasan los límites de las posibilidades de una persona de bajos ingresos o de ningún ingreso, que tenga que legalizar numerosos papeles, venir a la Capital para regresar con la frustración de que los documentos que trajo no estaban completos o que el nombre del marido estaba mal escrito o que el hijo más pequeño no estaba declarado por el padre -a lo mejor porque la muerte le sorprendió antes – y eso es una razón más para que personas que viven muy lejos prefieran abandonar su dinero por las dificultades que muy bien pudieron ser previstas.

Conocemos de varios casos, uno de una señora de Hato Mayor, que buscó todos sus papeles y cuando se enteró de lo que le tocaba lo dejó, simplemente porque había gastado más en viaje a la Capital y en legalizar documentos que lo que iba a recibir.

Cuando se inició el sistema de pensiones, todos los asalariados fuimos afiliados a una AFP. En mi caso, cuando dejé de trabajar, el gerente financiero me informó que tenía un dinero en una AFP, la cual no conocía porque nunca me habían informado cuál era y la entidad tampoco se había preocupado por enviarme mi estado de cuentas.

Se supone que, si ingresamos a una AFP, dejamos claro en un documento quienes son nuestros herederos naturales, entre otras informaciones relevantes, que deben bastar por sí mismas para que la AFP les entregue su dinero a los herederos en caso de fallecimiento.
En vista de lo expresado, el Consejo de la Seguridad Social emitió una resolución, la 516-05 que ordena a las AFP simplificar los procesos que deben realizar los familiares de fallecidos para el acceso a los beneficios que les corresponden.

Otra resolución importante fue la de la Comisión de Seguridad Social del Senado, asumida el pasado 30 de junio, que otorga un plazo de 30 días para que las AFP entreguen el listado de 42,377 cotizantes fallecidos que siguen en las instituciones sin que sus familiares sepan que sus allegados tenían dinero ahorrado, como fruto de sus cotizaciones en la Tesorería de la Seguridad Social.

Como el dinero no se estanca en el sistema de ahorros y deja beneficios, lo justo sería que a los montos ahorrados se le sume algún porcentaje de los beneficios obtenidos. Se haría justicia.

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